El Gobierno autorizó el autodespacho de combustible: cómo funcionará el sistema

Sofia Ocanio

A través del Decreto 46/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional autorizó el autodespacho de combustible. La medida rige para todo el territorio nacional y los expendedores podrán ofrecer el servicio de manera optativa.

En el artículo 1 del decreto se establece la autorización “en todo el territorio nacional el autodespacho de combustible como modalidad optativa, a elección de los expendedores”. Al respecto, se detalló que dichas empresas “podrán implementarla en forma total o instalar en su establecimiento solo algunos surtidores de autoservicio”.

En cuanto al funcionamiento del sistema, se aclaró que “una vez terminado el suministro de combustible se repondrá la tapa del tanque y se colgará la manguera en su lugar, cuidando de que no quede enganchada en algún saliente del vehículo”. Una vez acomodada la manguera, “se estará en condiciones de poner en marcha el motor”, aclara el decreto.

Las empresas expendedoras de combustibles que deseen prestar el servicio de autodespacho, deberán solicitar autorización en la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía. Dicho organismo, será el responsable de establecer los requerimientos a cumplir por quienes deseen ofrecer la nueva opción para cargar combustible.

Las estaciones de servicio que
Las estaciones de servicio que deseen prestar el servicio deberán solicitar autorización al Gobierno (Foto: REUTERS/Martin Cossarini. Foto de archivo).

La medida regirá en todo el país donde se podrá hacer uso de tanques sobre “el terreno en estaciones de servicio y estaciones de servicio móviles”. En los considerando del decreto, el Gobierno remarcó que desde el momento en que se dictó la norma que se modifica con el decreto actual, el rubro de estaciones de servicio mantuvo un “profundo proceso de avance tecnológico”.

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